La Municipalidad recuerda que está en vigencia la Ordenanza Nº 2.164/2017, en la que establece “para todos los establecimientos comerciales, financieros, industriales, recreativos, culturales y educativos, la obligación de cesar en sus actividades a partir de las 18:30 hs., con retiro de personal, en los días 24 y 31 de diciembre de cada año”.
Quedan exceptuados los establecimientos que presten servicios esenciales y los que ejerzan actividades gastronómicas, restaurantes, bares y hotelería; farmacias, clínicas y hospitales; clubes sociales; estaciones de servicios y expendio de combustibles y locales comerciales atendidos por sus dueños y que no superen los cuarenta metros cuadrados de superficie, afectados a la actividad.
La Ordenanza se basa en el beneficio para los empleados que deben retirarse con tiempo necesario para compartir las fiestas, como así también razones de lealtad comercial se realzan para lograr esa disposición.